GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"
PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE CLASES PRESENCIALES DESDE EL 17/8/21
Este protocolo se encuentra en revisión permanente en función de la evolución y
nueva información que se disponga de la pandemia en curso.
1. OBJETO
El presente documento tiene por objeto establecer pautas y lineamientos,
generales y específicos, para la elaboración de medidas de prevención con el fin
de mitigar el riesgo de contagio de COVID-19 en la población sujeto de este
protocolo e indicar a las personas que desarrollan actividades en el
establecimiento cómo proceder ante la detección de un caso sospechoso durante
el desarrollo de las actividades.
Se considerarán todas las etapas que conforman un día de actividad escolar,
teniendo en cuenta que las pautas y medidas detalladas en el presente
documento están basadas en las recomendaciones efectuadas a la fecha por el
Ministerio de Salud, las que se encuentran en revisión permanente, pudiendo ser
ampliadas o modificadas de acuerdo a los cambios que surjan respecto a la
situación epidemiológica y cualquier otra directiva que emane de las autoridades
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2. ALCANCE
El presente documento será de aplicación, en todos sus términos, a los
establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario, y de las
modalidades de especial y de jóvenes y adultos, de gestión estatal y privada de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
a. Estudiantes
El grupo burbuja es el aula completa de cada sala/grado/año/curso acorde a la
capacidad de ocupación del establecimiento educativo.
b. Personal docente y no docente
Para el caso de docentes que participen o impartan clases en más de un grupo
burbuja, se deberán extremar las medidas de seguridad del presente protocolo,
tales como, mayor distanciamiento del docente respecto de los estudiantes, evitar
la circulación por el aula/espacio, entre otras.
Asimismo, las/os docentes continuarán promoviendo el cumplimiento de las
medidas establecidas por este protocolo de forma constante, para que las
mismas se vuelvan habituales.
c. Grupos en riesgo y enfermedades preexistentes
Las/os docentes y no docentes con comorbilidades definidas oportunamente por
la autoridad sanitaria, convocados a trabajar conforme la normativa vigente, que
aún no hayan recibido la segunda dosis de la vacuna contra el COVID-19, serán
convocados en forma urgente a completar el esquema de vacunación. En caso
que el personal no tome los turnos que se le disponen, deberá continuar con sus
labores frente al aula o en la escuela.
Las/os estudiantes, con comorbilidades definidas oportunamente por la autoridad
sanitaria, que no cuenten con el esquema de vacunación completo, podrán
exceptuarse de asistir de manera presencial al establecimiento educativo,
debiendo presentar el certificado médico correspondiente.
Las/os estudiantes, docentes y no docentes con las siguientes comorbilidades
continúan dispensados de concurrir a los establecimientos educativos:
- Personas con Insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de
ingresar a diálisis en los siguientes seis meses,
- Persona con Inmunodeficiencias: Congénita, asplenia funcional o
anatómica (incluida anemia drepanócítica) y desnutrición grave • VIH
dependiendo del status (< de 350 CD4) detectable),
- Tratamiento medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis
(mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su
equivalente por más de 14 días),
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- Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica
hasta seis meses posteriores a la remisión completa con tumor de órgano
sólido en tratamiento trasplantados de órganos sólidos o de precursores
hematopoyéticos.
Aquellos estudiantes que convivan con una persona con alguna de las
comorbilidades definidas oportunamente por la autoridad sanitaria, y que dicha
persona conviviente no tenga el esquema completo de vacunación COVID 19,
podrán exceptuarse de asistir de manera presencial al establecimiento educativo,
debiendo presentar el certificado médico correspondiente.
Para dichos grupos de estudiantes, continuarán brindando alternativas remotas
para garantizar la continuidad pedagógica.
3. PAUTAS GENERALES
Para el desarrollo de clases presenciales será necesaria la aplicación de pautas
generales con carácter obligatorio para estudiantes, personal docente y no
docente y toda otra persona que deba ingresar y/o permanecer en el
establecimiento.
Cada Establecimiento Educativo podrá adecuar, de ser necesario, su plan de
organización interna conforme los lineamientos del presente. Para ello contarán
con el acompañamiento de equipos técnicos y supervisiones del Ministerio de
Educación de la Ciudad.
a. Medida de Distanciamiento
Entre los diferentes grupos burbujas se deberá respetar la medida de
distanciamiento social de al menos 1,5 metros.
El personal docente y no docente del establecimiento deberá cumplir en todo
momento con la medida de distanciamiento social antes indicada.
Para el caso de Nivel Inicial, las/os docentes deberán continuar con la
intensificación de las restantes medidas establecidas en el presente documento
(uso de tapaboca, máscara facial, ventilación, lavado frecuente de manos,
limpieza, desinfección, etc.).
En el caso de aquellos estudiantes que requieran apoyo, se deberán intensificar
las restantes medidas establecidas en el presente documento (uso de tapaboca,
máscara facial, ventilación, lavado frecuente de manos, limpieza, desinfección,
etc.).
b. Elementos de Protección
Es obligatorio, para el ingreso y permanencia en los establecimientos educativos,
el uso de tapaboca en todo momento, que debe cubrir por completo la nariz,
boca y mentón, conforme establece la Resolución de Firma Conjunta N°
15-GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria N° 17-GCABA-MJGGC/20.
Las/os niñas/os de hasta 2 años de edad se encuentran exceptuados del uso de
tapaboca.
Las/os niñas/os de salas de 3 a 5 años de edad que cuenten con la autonomía
suficiente para colocarse y quitarse el tapabocas por sus propios medios,
deberían usarlo durante todo el tiempo que sea posible, en términos generales y
de forma continua, excepto para comer/beber y realizar actividad física.
Para las/os estudiantes de la modalidad especial que, por su perfil sensorial u otra
característica específica relacionada a la condición de discapacidad, no estén en
condiciones de utilizar el tapabocas durante toda la jornada escolar, deberán
extremarse las demás medidas de prevención.
Las/os docentes deberán concurrir al establecimiento educativo con tapaboca,
que deberán mantener correctamente colocado.
Adicionalmente, el empleador/a proveerá máscara facial.
El personal no docente deberá utilizar los elementos de protección que sean
necesarios conforme el tipo de actividad a realizar.
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c. Control de temperatura
Se deberá tomar la temperatura a todas las personas que ingresen al
establecimiento educativo. La persona que sea designada por el equipo de
conducción para realizar esta tarea deberá utilizar tapaboca, máscara facial y
mantener distancia.
Deberá emplearse un termómetro infrarrojo que no implique el contacto con la
piel, el que será provisto por el/la empleador/a.
No podrán ingresar al establecimiento educativo aquellas personas cuya
temperatura sea igual o mayor a 37.5 °C.
d. Método adecuado para la higiene personal
i. Lavado de manos con agua y jabón
Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el
lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos.
Para un adecuado lavado de manos con agua y jabón se deberán seguir los pasos
indicados en la siguiente ilustración:
Es importante hacerlo frecuentemente sobre todo:
- Antes de salir de casa y al llegar al establecimiento educativo.
- Antes y después de los descansos programados.
- Antes y después de comer y manipular alimentos.
- Antes y después de ir al baño.
- Antes y después de manipular basura o desperdicios.
- Luego de haber tocado superficies de uso público: mostradores,
pasamanos, picaportes, interruptores, barandas, etc.
- Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.
- Después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.
Ante la imposibilidad del lavado de manos con agua y jabón se puede utilizar
alcohol en gel o alcohol al 70%, con la supervisión de un/a adulto/a para el caso de
niñas y niños y siempre que las manos no estén visiblemente sucias o con restos
orgánicos.
ii. Adecuada higiene respiratoria
La higiene respiratoria se refiere a las medidas de prevención para evitar la
diseminación de secreciones al hablar, toser o estornudar.
En consecuencia, se deberá:
- Al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del
codo o usar un pañuelo descartable y desechar de forma inmediata a la
basura.
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- Utilizar el cesto de basura más cercano para desechar los pañuelos
utilizados.
- Higienizarse las manos después de toser, estornudar o limpiarse la nariz.
iii. Para una adecuada higiene y desinfección de elementos personales
Las/os docentes de nivel inicial deberán dar cumplimiento a las siguientes pautas:
- El delantal deberá permanecer en la escuela y deberá ser lavado en
domicilio como mínimo una vez por semana con agua a 60°C o más y
jabón.
- Los restantes objetos de uso personal se deberán sanitizar con alcohol al
70% antes de ingresarlos a las salas.
- No se recomienda la desinfección de bolsos ni otros elementos similares.
- El personal docente y no docente deberá colocarse la ropa de trabajo en la
institución.
- Los elementos de protección personal deberán ser lavados con agua y
jabón al menos una vez al día, y cambiados inmediatamente si se
encuentran sucios o mojados.
- El personal docente y no docente al retirarse, deberá dejar los elementos
de protección y ropa de trabajo en lugar aislado donde no pueda
presentarse contaminación cruzada. No es necesario el cambio de ropa.
e. Acompañamiento y fortalecimiento de las trayectorias educativas
Desde los equipos técnicos pertenecientes al Ministerio de Educación, se podrán
seguir llevando adelante diversas acciones para el acompañamiento de las
escuelas, estudiantes y familias durante el ciclo lectivo 2021 y para el
sostenimiento de la continuidad pedagógica y el logro de los aprendizajes
esperados, garantizando el derecho a la educación en condiciones de equidad.
Se continuará profundizando la articulación con organismos del Estado y
organizaciones civiles y sociales para fortalecer las redes interinstitucionales que
permiten brindar mejores oportunidades para las/os estudiantes.
Asimismo, en gestión estatal los diferentes equipos técnicos del Ministerio, tales
como Equipos de Orientación Escolar, Equipos de Asistencia Socioeducativa
Escolar, Promotores, Salud Escolar, Programa de Retención Escolar de alumnas
madres, embarazadas y alumnos padres, entre otros, continuarán estando
abocados al sostenimiento y acompañamiento de las trayectorias de las/os
estudiantes.
Se deberá continuar la articulación con referentes de las escuelas para que
puedan acompañar desde la institución, ya sea a través del Departamento de
Orientación Escolar, tutores, preceptores, asesores pedagógicos y referentes de
seguimiento de asistencia institucional, entre otros.
Se mantendrá el seguimiento e implementación de propuestas pedagógicas
personalizadas a partir de las estrategias impulsadas por los programas como
Nivelación, Aceleración, Maestro + Maestro.
Se seguirá fortaleciendo el trabajo escolar a través de la Red de Apoyo Escolar a
fin de acompañar la continuidad y sostenimiento de la trayectoria educativa de
los niños, adolescentes y sus familias.
Cabe destacar que se sostendrán acciones de acompañamiento a instituciones,
estudiantes y familias desde la Gerencia Operativa de Equipos de Apoyo.
En aquellas situaciones en las que las instituciones identifiquen casos de
vulnerabilidad y/o dificultades en lo pedagógico, intervendrán los Equipos de
Orientación Escolar (EOE) y de Asistencia Socio Educativa (ASE), quienes
continuarán con el circuito de acción habitual.
f. Capacitaciones y campañas de comunicación
Se continuará brindando acompañamiento al personal docente y no docente, a
las/os estudiantes y a las familias o adultas/os responsables para que incorporen
las normas establecidas en este protocolo y, de esta manera, concientizar y
promover buenos hábitos.
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Se encuentran a disposición materiales específicos contemplando las
particularidades de cada población, docentes, no docentes, estudiantes y
referentes familiares o adultas/os responsables, con el objetivo de transmitir el
concepto de salud integral, abordando todas sus dimensiones, no solamente en
su aspecto sanitario.
Si bien la situación sanitaria es dinámica, existen medidas de cuidado individual
con impacto positivo sobre el colectivo.
El fin de estos materiales será reforzar las medidas de cuidado institucionales y la
dimensión del cuidado como práctica solidaria. A través de diferentes formatos, el
objetivo es hacer foco en la dimensión de los cuidados individuales y de la
comunidad educativa.
Con relación a los supervisores escolares y equipos de conducción, se continuarán
llevando a cabo diversas reuniones con motivo de diseñar los modos de
organización que tendrá cada institución escolar hacia el interior del
establecimiento.
Dentro de las acciones de comunicación para la prevención de contagios y
hábitos de cuidado se prevé continuar con la colocación de cartelería y
autoadhesivos en distintos espacios de los establecimientos educativos: ingreso,
pasillos, aulas o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales, sala
docente, baños y espacios al aire libre con recomendaciones de higiene, medidas
de cuidado individual y colectivo y números útiles de contacto.
Para el personal de limpieza y el personal auxiliar de portería, se encuentran a
disposición tutoriales de higiene, así como contenidos digitales (videos o spots)
para concientizar a la comunidad educativa sobre la salud integral con foco en los
hábitos y cuidados individuales que nos protegen colectivamente. Asimismo, se
brindaron capacitaciones virtuales y un manual específico para realizar sus tareas
respetando las medidas y rutinas de limpieza e higiene.
Las familias o adultas/os responsables cuentan con información sobre higiene y
cuidados en las revistas de “Mi Escuela Saludable”, así como también de manera
virtual mediante la página del Ministerio de Educación, para extender las acciones
hacia las familias o adultas/os responsables y en los hogares.
La/el docente cuenta con material específico y adecuado para promover en sus
estudiantes el cumplimiento de las medidas establecidas en el presente
protocolo durante el tiempo que considere necesario para que los mismos
adquieran dichas medidas como habituales.
g. Articulación intersectorial
i. Entre los Ministerios de Salud y Educación de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires
Se continuarán incluyendo pautas de salud integral durante el tiempo que la/el
estudiante permanezca en el establecimiento, realizando los controles y acciones
correspondientes en articulación con Salud Escolar del Ministerio de Educación y
del Ministerio de Salud.
A tal fin, se encuentra conformada una mesa jurisdiccional integrada por los
Ministerios de Salud y Educación, que tiene como objetivo principal generar
acciones para la articulación fluida que el contexto requiere en el presente y en
las diferentes instancias. Los temas a trabajar serán abordados desde una mirada
de salud integral e incluyen temas como vacunación, abordaje de enfermedades
de alerta epidemiológica en este contexto, controles de salud, entre otros. Se
mantienen reuniones periódicas para revisar intervenciones y acciones de los
equipos de salud escolar en las escuelas y la articulación con las áreas
programáticas.
Las escuelas mantienen una comunicación frecuente con referentes de áreas
programáticas, para monitorear en forma conjunta la implementación, y realizar
la investigación epidemiológica y acciones de control y aislamiento en forma
oportuna en caso de presentación de un caso sospechoso o confirmado.
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ii. Con Organizaciones y otras áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires
Desde el Ciclo Lectivo 2020, en el marco de la emergencia sanitaria, se readecuó
la forma de trabajo de las organizaciones que colaboran con el Ministerio de
Educación, fortaleciendo la comunicación y habilitando nuevas formas para la
recepción de consultas.
Se continúa trabajando junto con el Ministerio de Desarrollo Social y Hábitat y el
Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines de brindar
asistencia a las/os estudiantes con posible vulneración de derechos que se hayan
identificado en la comunidad educativa.
Se continúa trabajando con la Comisión Mixta de Monitoreo de Protocolo,
conformada por un representante de cada organización sindical de personal
docente y no docente, y la Subsecretaria de Carrera Docente del Ministerio de
Educación.
4. VERIFICACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS
a. Infraestructura y acondicionamiento
En los establecimientos educativos se continúan efectuando las siguientes
acciones:
- Señalización de espacios (ingresos y egresos, pasillos, aula/espacios
destinados al desarrollo de clases presenciales, espacios al aire libre, etc.)
para cumplimentar con las medidas del presente y el sentido
unidireccional de circulación.
- Anulación de los bebederos.
- Acondicionamiento de un espacio físico para aislamiento, preferentemente
con puerta, ventana y baño propio.
- Colocación de cartelería que brinde información respecto de las medidas y
protocolos vigentes, en lugares accesibles y visibles.
- Provisión suficiente de insumos para la higiene de manos (jabón y papel
descartable) en los baños y lavabos.
- Provisión de contenedores/dispensadores con alcohol en gel, o alcohol al
70% en todas las instalaciones.
- Provisión suficiente de elementos de limpieza y desinfección.
El empleador/a proveerá los insumos mencionados en los puntos precedentes. En
el caso de los establecimientos educativos de gestión estatal adheridos al
Programa de Asistencia Económica para insumos en el marco de la Emergencia
Sanitaria, los mismos son adquiridos por las cooperadoras de los mismos,
conforme la normativa vigente.
La verificación del cumplimiento de estas pautas será realizada por la
Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, en
el marco de sus competencias y a través de las diversas áreas para los
establecimientos educativos de Gestión Estatal. En cuanto a los establecimientos
educativos de Gestión Privada será la Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas
Seguras de Gestión Privada.
b. Limpieza y Desinfección
Se deberá efectuar la limpieza y desinfección profunda de todas las instalaciones
de los establecimientos educativos.
Asimismo, se deberán llevar a cabo las siguientes acciones:
- Limpiar y desinfectar antes y después de cada turno aquellos objetos y
superficies, especialmente los de mayor uso tanto por el personal docente,
no docente y estudiantes. Entre otros: escritorios y superficies de trabajo,
botones e interruptores, teclados, pasamanos, pizarrones, borradores,
vidrios, puertas, manijas, canillas, ventanas, marcos, armarios, entre otros.
La limpieza de los mobiliarios y equipamiento, barandas de cunas y
barandas para sectorizar espacios, sillas, bebesit, etc, se debe realizar varias
veces al día, por el uso continuo de diferentes bebés.
- Recolectar la basura, limpiar y desinfectar los contenedores.
- Limpiar con agua y detergente y desinfectar los sanitarios luego de su uso.
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- Limpiar y desinfectar pisos y paredes de sanitarios durante y finalizadas las
actividades objeto del presente protocolo.
- En sanitarios, reforzar la desinfección de picaportes, pasamanos, griferías,
pulsadores o tiradores de inodoros y todo elemento de uso y contacto
frecuente con solución de lavandina al 10%.
- Lavar con abundante agua y jabón los elementos utilizados para realizar la
limpieza y desinfección a fin de asegurar que los mismos estén
higienizados cada vez que se utilicen.
- Las zonas de higiene y el cambiado de pañales de las/os niñas/os deben
estar bien delimitadas en un sector de la sala. Debe separarse el espacio de
cambiado y sus elementos del de alimentación. Para el cambio,
manipulación y descarte de pañales se deberá usar tapaboca, guantes,
máscara facial durante el cambio de pañales, con el posterior lavado de
manos.
- El sector de cambiado o cambiador será higienizado luego de cada cambio
con lavandina diluida (10 ml de lavandina -con concentración de 55 g/litroen
1 litro de agua). El docente/auxiliar que realiza el cambiado se lavará las
manos al finalizar cada cambio. Dicho sector no debe tener ningún
elemento guardado (juguetes/materiales) que no sea para ese fin, ni en
gabinetes/alacenas bajo mesada, ni en estantes aéreos, aunque estén en
cajas; por riesgo a la contaminación de los mismos en la manipulación que
realiza la/el docente.
- El mobiliario de descanso, cunas y/o colchonetas debe ser higienizado
diariamente con lavandina diluida, por turnos de uso si los hubiese. Se
recomienda limpieza con agua y jabón, previa desinfección.
- Para jardines maternales y escuelas infantiles en los cuales se brinde
mamadera/alimento sólido a niñas/os de 45 días a 2 años, se deberán
higienizar los elementos necesarios a tal fin, previo lavado de manos y/o
utilización de alcohol en gel, siendo necesario el uso de tapaboca y
máscara.
- Los espacios específicos destinados al cambiado y asistencia personal de
las/os estudiantes de la modalidad de educación especial que requieran de
una atención directa del personal docente o no docente, además de las
condiciones de higiene y desinfección establecidas en el presente
protocolo serán debidamente higienizados luego de su uso.
- Para aquellos estudiantes que requieran de silla de ruedas, equipamiento o
tecnología asistida, se deberá garantizar la higiene y limpieza de las
mismas al ingreso a la escuela con el kit de limpieza disponible en la
institución (frasco pulverizador con alcohol al 70% y papel para secado)
para limpiar frecuentemente las superficies de alto uso. Las sillas de ruedas
y apoyos deben desinfectarse tal como se detalla a continuación:
- Puntos claves para la desinfección de las sillas de ruedas: funda del
asiento (ésta sufre compresión con el cuerpo, por lo que la aireación
es mala. Puede producir humedad y afectar a la acumulación de
residuos y gérmenes); almohadilla para la espalda (toca la piel de la
espalda en un área grande y también es fácil de mojar con sudor.
También puede producirse humedad y afectar a la acumulación de
residuos y gérmenes); puños de empuje y frenos (son utilizados por
diferentes manos y se torna en una superficie donde se intensifica la
posibilidad de transmitir contagios); neumáticos (tocan el suelo y
ruedan a través de diversos entornos); aros de propulsión y
apoyabrazos (son los que más contacto toman con el niño/a).
- Procedimiento:
- Limpiar profundamente los elementos claves: aros de
propulsión, puños de empuje, neumáticos, apoyabrazos,
almohadón y frenos.
- Limpiar el chasis.
- Limpiar los joysticks en caso de sillas de ruedas eléctricas.
- En caso de otro tipo de producto de apoyo, se deben tener en
cuenta las mismas recomendaciones y desinfectar partes del
producto con el que se tiene contacto, sobre todo cuando se hace
uso en lugares públicos.
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i. Método de limpieza
Se tendrá en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia
orgánica disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación
con el enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar
con agua limpia y desinfectar con solución de agua conteniendo hipoclorito de
sodio al 10 % según sea el caso (método del doble balde/doble trapo).
- Se recomienda el uso de detergentes de óptima calidad.
- Se recomienda trapear el piso.
- La limpieza generalmente requiere de fricción para remover la suciedad y
los microorganismos.
- La limpieza física y la fricción pueden reducir el cúmulo de
microorganismos.
- La limpieza es requerida de forma previa a cualquier proceso de
desinfección.
- La limpieza debería realizarse de modo tal que reduzca la dispersión de
polvo o suciedad que pueden contener microorganismos.
- Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en
suspensión, como el uso de aspiradoras del polvo. De ser necesario su uso,
deberá circunscribirse a momentos después de actividad presencial de
personal y estudiantes.
- Todos los productos para la desinfección deberán tener acción demostrada
para la eliminación de organismos multirresistentes en las superficies y
tener disponible la hoja de seguridad o ficha técnica a disposición del
personal que la requiera.
Para mayores recomendaciones y precauciones adicionales podrá encontrar más
información en el Protocolo de Limpieza de Unidades Extrahospitalarias
disponible en la web:
https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/p.limpieza.pdf
ii. Método de desinfección
Se deberán desinfectar las superficies y los pisos con una solución de 10 ml de
lavandina (con concentración de 55 g/litro) en 1 litro de agua. De utilizar una
lavandina comercial con concentración de 25 g/l, se deberá colocar el doble de
lavandina para lograr una correcta desinfección (20 ml de lavandina por cada litro
de agua).
c. Medidas de Seguridad
Se deberá dar cumplimiento a las medidas de seguridad que se detallan a
continuación:
- Se recomienda reducir al mínimo la cantidad de personas y el tiempo de
permanencia en los baños, no superando los QUINCE (15) minutos y
siempre se deberá tener el tapaboca colocado de manera correcta.
- Se deberán mantener las puertas y/o ventanas abiertas en forma
permanente para evitar contacto con herrajes y permitir la ventilación
adecuada.
- Restricción del uso de ascensores. Solo podrán ser utilizados por personas
con dificultad de movilidad.
5. DINÁMICA PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES
La concurrencia presencial de las/os estudiantes se establecerá en los días y
horarios habituales conforme el tipo de jornada escolar del Establecimiento
Educativo, cumpliendo con todas las pautas establecidas en el presente
protocolo.
a. Ingreso y Egreso al Establecimiento Educativo
No se deberán presentar al establecimiento educativo quienes:
1. Presenten síntomas compatibles con sospecha de COVID-19.
2. Estén en aislamiento obligatorio debido a su diagnóstico.
3. Cumplan criterio de contacto estrecho y/o caso sospechoso o confirmado
de COVID-19 de conformidad con las previsiones de la Resolución
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842/MSGC/20 y sus modificatorias, y demás documentos sanitarios
aprobados por el Ministerio de Salud GCBA.
https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos-coro
navirus-covid-19
A los fines de dar cumplimiento a las pautas de seguridad establecidas en el
presente protocolo, se llevarán a cabo las siguientes medidas:
- Escalonar los horarios de ingreso y egreso a los establecimientos
educativos. Se recomienda que el escalonamiento se lleve a cabo cada 10/15
minutos.
- Se deberá llevar un registro de todas las personas que ingresan al
establecimiento, por medio del registro de asistencia habitual de cada
establecimiento y registro específico para personas no pertenecientes al
establecimiento educativo.
- Se deberá controlar que toda persona que ingrese al establecimiento
educativo lo haga con el tapaboca colocado de manera correcta, según lo
establecido mediante Resolución de Firma Conjunta N°
15-GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria, con la excepción prevista en el
presente protocolo.
- Se tomará la temperatura a toda persona que ingrese al establecimiento
educativo. No se permitirá el ingreso de persona a quien se le registren
37,5 °C o más.
- Siempre que sea posible, el ingreso y egreso se hará por accesos
diferenciados.
- En los espacios de ingreso y egreso se deberá mantener el distanciamiento
a los fines de evitar aglomeraciones.
- Se deberá procurar evitar el ingreso al establecimiento de referentes
familiares, adultos responsables o de cualquier otra persona ajena, salvo en
caso de extrema necesidad, emergencia y/o en casos autorizados por el
establecimiento educativo, los cuales deberán ser solicitados con turno
previo y se deberá dar cumplimiento a todas las medidas establecidas en el
presente documento.
- Lavado de manos con agua y jabón y, de no ser posible, se deberá utilizar
alcohol en gel, con supervisión adulta en el caso de niñas/os y siempre que
las manos no estén visiblemente sucias o con restos orgánicos.
- Culminado el proceso de desinfección se indicará a las/os estudiantes el
aula/espacios destinados al desarrollo de clases presenciales, evitando la
aglomeración en pasillos y baños.
Para el caso de Nivel Inicial además se deberán tener en cuenta las siguientes
medidas:
- El proceso de ingreso al establecimiento educativo estará a cargo de 2
docentes y/o no docentes: una/o a cargo del proceso de sanitización,
higiene y control de temperatura, y otro para acompañar a las/os
estudiantes en el ingreso a la institución.
- Para el proceso de adaptación correspondiente a los jardines maternales se
deberá permitir el ingreso al establecimiento educativo de un referente
familiar o adulta/o responsable. Las mismas deberán realizarse
preferentemente al aire libre y con turno previo.
- Se deberá procurar evitar que las/os niñas/os ingresen algún juguete a la
escuela. De no ser posible, el mismo será higienizado antes de ingresar a la
sala.
- En el caso de las/os niñas/os que asistan a la sala con objetos transicionales,
se higienizarán los mismos en el proceso de ingreso con alcohol al 70%.
Dichos objetos serán de uso individual.
Se asegurará el respeto de la privacidad y confidencialidad de la información
médica informada frente a las diversas situaciones epidemiológicas por las cuales
personal docente y no docente y estudiantes podrían no asistir a la escuela.
b. Aulas o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales
Para el desarrollo de las clases presenciales en el aula a cada estudiante se le
asignará un lugar fijo que deberá respetar y que no podrá ser modificado
mientras se mantenga la emergencia sanitaria.
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Al comienzo de cada día la/el docente a cargo tomará asistencia e informará al
equipo de conducción las ausencias. El establecimiento educativo realizará un
seguimiento de los motivos de ausencia de las/os estudiantes.
La/el docente comenzará la clase explicando a las/os estudiantes las medidas
establecidas por el presente protocolo y síntomas COVID-19, hasta que lo
considere necesario.
c. Descansos Programados (Recreos y salas de descanso destinadas a
personal docente y no docente)
- Previo al inicio del descanso programado, la/el docente explicará a sus
estudiantes cuáles son las medidas de comportamiento que deben
mantener durante los mismos, hasta que las mismas se vuelvan habituales.
- Durante los descansos las/os estudiantes saldrán de las aulas/espacios
destinados al desarrollo de clases presenciales y se irán a los patios o
lugares destinados para el descanso programado por turno, evitando el
contacto con las/os estudiantes de otros grupos burbujas, de acuerdo con
los horarios establecidos por el equipo de conducción. Si la escuela no
cuenta con espacios suficientes para evitar el contacto entre grupos
burbuja se podrán escalonar los horarios para el desarrollo de los mismos o
alternar el uso de las aulas o espacios destinados al desarrollo de clases
presenciales en alguno de los descansos programados.
- En todo momento las/os estudiantes serán supervisados por un docente,
quien constatará el cumplimiento de las medidas establecidas en el
presente documento.
- Finalizado el tiempo de descanso, el estudiante deberá dirigirse al aula o
espacios destinados al desarrollo de clases presenciales correspondiente
siguiendo los accesos establecidos.
- Se deberán evitar las reuniones de docentes u otros miembros de la
comunidad educativa en espacios donde no pueda cumplirse las medidas
del presente documento.
- Tanto estudiantes como personal docente y no docente deberán proceder
al lavado de manos o uso de alcohol en gel previo al retorno al aula o
espacios destinados al desarrollo de clases presenciales.
d. Educación Física
Para el desarrollo de las actividades físicas se deberán respetar los grupos
burbuja, los cuales podrán ser mixtos, y se deberá priorizar el uso de espacios al
aire libre, ya sea en establecimientos educativos, polideportivos, clubes, entre
otros.
Asimismo, para la realización de actividad física, se mantendrá la presentación de
una planilla de salud debidamente suscripta por el referente familiar o adulta/o
responsable indicando que el estudiante puede efectuar el desarrollo de la
misma.
Se deberá cumplir con las medidas de distanciamiento conforme se detalla a
continuación:
- 2 metros en actividades sin desplazamiento y que no producen
hiperventilación.
- 4 metros durante los momentos de recuperación y al finalizar la actividad
hasta que se recupere un ritmo respiratorio habitual.
- 6 metros durante la práctica de la actividad, cuando la misma hace que
la/el estudiante se encuentre hiperventilando.
Durante el desarrollo de actividades físicas las/os estudiantes se encuentran
exceptuados del uso de tapaboca. Podrán optar por su uso exclusivamente para
actividades de baja intensidad.
e. Talleres y Laboratorios
Para el caso del desarrollo de actividades en talleres y laboratorios, se deberá dar
cumplimiento a las siguientes medidas:
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- Si las tareas de aprendizaje deben implementarse específicamente en
sectores reducidos, se deberá utilizar máscaras faciales además del
tapaboca.
- Desinfectar las mesas de trabajo, herramientas, equipos, máquinas y
materiales a utilizar antes y después de cada uso, así como luego de cada
rotación. A tales efectos el personal responsable de los talleres y
laboratorios deberá realizar las siguientes acciones:
- Verificar que los productos de limpieza empleados no dañen ni
deterioren los equipos (que no sean abrasivos) y no interfieran con el
desarrollo normal del laboratorio/taller.
- Higiene de manos antes de proceder con la limpieza.
- Apagar y desenchufar dispositivos eléctricos o maquinarias previo a
su limpieza y desinfección.
- Evitar utilizar cualquier material que pueda dejar residuos.
Para el caso de las escuelas de educación técnica, se recomienda la desinfección
de los tableros digitales con alcohol isopropílico.
f. Música
Dentro de los establecimientos educativos sólo podrán desarrollarse aquellas
propuestas musicales que no impliquen mayores riesgos de propagación de
COVID-19, lo cual será evaluado en función de la evolución de la situación
sanitaria.
Para el desarrollo de actividades de música se deberá dar cumplimiento a las
siguientes medidas de seguridad:
- Para el uso de instrumentos de viento y actividades corales, sólo se podrán
desarrollar al aire libre e intensificando las restantes medidas de seguridad,
higiene y desinfección establecidas en el presente protocolo.
- Las/os estudiantes sólo se podrán sacar el tapaboca al momento de tocar el
instrumento de viento o cantar y se lo deberán colocar inmediatamente
después de realizada la acción.
- Los instrumentos de viento no se podrán compartir. El resto de
instrumentos, en caso de compartirse se deberán desinfectar antes y
después del uso así como las manos y accesorios.
- Todos los instrumentos musicales se deberán desinfectar antes y después
de cada uso.
g. Servicio Alimentario y uso de los Comedores
El uso de los comedores escolares quedará habilitado a partir del 17 de agosto del
corriente año. Para aquellas/os estudiantes que asisten a establecimientos
educativos de gestión estatal y que cuenten con el beneficio de beca alimentaria,
se continuará con la entrega de la Canasta Escolar Nutritiva (CEN) conforme
procedimiento a cargo de los concesionarios de dichos servicios, hasta la
mencionada fecha.
Para la ingesta de alimentos en el comedor o espacios destinados a tal fin, se
deberá dar cumplimiento a las medidas de seguridad, higiene y desinfección que
se detallan a continuación:
i. Respecto de estudiantes, personal docente, no docente y de cocina:
- A cada estudiante se le asignará para la ingesta de alimentos un lugar fijo
que respetará la conformación del aula y cuya disposición no se podrá
modificar mientras se mantenga la emergencia sanitaria.
- Las/os estudiantes, docentes y no docentes sólo se podrán retirar el
tapaboca al momento de la ingesta y se lo deberán colocar
inmediatamente después de la misma.
- Lavado de manos con agua y jabón antes y después de la ingesta o, de no
ser posible, utilización de alcohol en gel o alcohol al 70%, con supervisión
adulta en el caso de niñas/os y siempre que las manos no estén
visiblemente sucias o con restos orgánicos.
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- El personal cuya actividad comprenda la atención o contacto con otras
personas deberá utilizar, además de tapaboca, máscara facial de manera
obligatoria.
- La ropa que el personal afectado al servicio alimentario utilice para trabajar
no deberá ser la misma que utilice para trasladarse al lugar de trabajo.
- Se procurará que el personal que no esté involucrado en la preparación de
alimentos se abstenga de ingresar a la cocina.
ii. Respecto a la modalidad del servicio:
- El servicio de desayuno/merienda se debe realizar preferentemente dentro
de la primera hora y media de clase.
- Se entregarán servilletas descartables a cada estudiante.
- El servicio de alimentos deberá organizarse por turnos escalonados. Se
sugiere que la duración sea de 30 minutos.
- Se deberá dar prioridad al uso del espacio destinado a comedor, cuando
ello no sea suficiente se podrán utilizar aulas o espacios de uso múltiple, en
la medida que cuenten con la ventilación necesaria y cumplan con las
medidas planteadas.
- Los utensilios no deberán ser utilizados de manera compartida.
iii. Respecto del espacio donde se brinda el servicio:
- En comedores escolares cerrados, el coeficiente de ocupación será de un
máximo del 50%, siempre y cuando se garantice la ventilación adecuada.
En caso de no ser posible se deberá complementar con sistemas de
filtrado tipo HEPA.
- Las mesas, superficies y espacios que se utilicen deberán limpiarse y
desinfectarse antes y después de cada uno de los turnos de comida.
- En los comedores escolares podrán estar al mismo tiempo varias burbujas
siempre y cuando entre las mismas se cumpla con una medida de
distanciamiento de al menos 2 metros.
- Estudiantes y personal escolar deberán desinfectar sus manos con solución
sanitizante al ingreso y egreso del área donde se realice el servicio.
- Identificar con señales, para que las/os estudiantes se desplacen de forma
segura y logren identificar su lugar.
- Se definirá y acordará con los proveedores un cronograma de entrega de
mercadería que evite la aglomeración de personas.
- Asegurar buenas prácticas de manipulación de alimentos en el servicio.
Finalmente, en lo que refiere a la ingesta de productos adquiridos en los kioscos,
buffets y cantinas de los establecimientos educativos, la ingesta de los mismos se
podrá efectuar en espacios semicubiertos o al aire libre, previo lavado de manos
y/o utilización de alcohol en gel o en el interior de los mismos siempre que se
cumpla con el aforo del 50% y las restantes medidas del presente protocolo.
6. TRASLADO
Conforme la normativa vigente, el personal docente, no docente y las/os
estudiantes -y su acompañante en su caso-, que asistan a clases presenciales,
quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte
de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este
solo efecto.
A tales efectos, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación
- Emergencia COVID-19”, denominado “ESCOLAR” habilitado en el link:
www.argentina.gob.ar/circular.
Se recomienda el traslado hacia y desde el establecimiento evitando, en la
medida de lo posible, el transporte público. Se recomienda ir a pie, en bicicleta,
entre otros.
Asimismo se encuentra vigente el “Protocolo para el uso de Transporte Escolar
para la vuelta a clases", aprobado mediante la Resolución
RESOL-2020-1261-GCABA-SSGMO.
Para aquellas/os estudiantes que asisten a establecimientos educativos de
gestión estatal y que contaban con transporte escolar, se continuará brindando
dicho servicio.
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7. RESPONSABILIDADES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Todos los actores de la comunidad educativa deberán asumir deberes y
responsabilidades en función de los roles que cada uno despliega en la dinámica
de cada establecimiento.
Se deberá cumplimentar con las pautas de comportamiento que guiarán el
desarrollo de las clases presenciales en el marco de la emergencia sanitaria.
Las pautas que a continuación se detallan, así como las ya mencionadas, son de
carácter obligatorio, ya que son necesarias para promover el cuidado personal y el
de los demás como conducta imprescindible para preservar a la comunidad
educativa y su entorno:
- Cumplir de manera puntual con los horarios de ingreso y egreso al
establecimiento educativo que les fueran asignados.
- Cumplir con las medidas de seguridad, higiene y desinfección que sean
indicadas.
- Las/os estudiantes deberán traer desde el hogar el tapaboca colocado de
manera correcta. Asimismo, deberán llevar otro tapaboca de repuesto por
si fuera necesario su reemplazo durante la jornada escolar.
- Las/os estudiantes deberán presentar toda la documentación que le sea
solicitada por el establecimiento educativo.
- Evitar el contacto físico de todo tipo como besos, abrazos, apretones de
manos, puños, entre otros.
- No compartir ningún tipo de elemento personal, tales como útiles, libros,
comida, elementos de protección, entre otros.
- Trasladar desde el hogar al establecimiento educativo sólo aquellos
elementos que sean mínimos e indispensables para el desarrollo de la
jornada escolar.
- Adicionalmente, podrán ingresar con su propia botella de agua, cargada
desde el hogar.
- No permanecer más de 15 minutos en baños y salas de descanso docentes
y siempre tener el tapaboca colocado de manera correcta.
- Efectuar la desinfección del propio lugar de estudio al inicio y terminación
de la jornada escolar (tanto docentes como estudiantes a partir del Nivel
Primario). Si bien dicha acción no reemplazará la limpieza institucional,
permitirá la incorporación de hábitos de higiene en sus lugares de uso
habitual. A tal fin, se prevé que desinfecten con alcohol al 70% los
pupitres/mesas, sillas y los materiales que se utilizan en los laboratorios,
previo a su guardado. También que realicen la desinfección de sus
teléfonos celulares en esos momentos.
- Se deberán evitar las reuniones de docentes u otros miembros de la
comunidad educativa en espacios donde no pueda cumplirse las medidas
del presente documento. Si fuera indefectiblemente necesario efectuar
reuniones, las mismas se deben hacer primero de manera virtual y, de no
ser posible, deberán ser breves, con pocas personas y al aire libre.
- Al momento del descanso programado, las/os estudiantes, previo al egreso
del aula o espacios destinados al desarrollo de clases presenciales, deberán
guardar sus objetos personales.
- Evitar tocarse la cara con las manos y, al toser y/o estornudar, cubrirse la
boca y nariz con el codo.
- En caso de que la niña, niño o adolescente no asista al establecimiento
educativo, por motivos de salud relacionados a COVID-19, las familias
deberán informar dicha circunstancia a las autoridades escolares.
Asimismo, los referentes familiares o adultas/os responsables, o las/os estudiantes
mayores de edad, deberán firmar una declaración jurada en la que declaren
conocer todas las medidas del presente documento.
8. USO DE OTROS ESPACIOS
De ser necesario, se podrán utilizar espacios distintos al establecimiento
educativo para el desarrollo de clases presenciales, tales como polideportivos,
clubes, museos, bibliotecas, centros culturales, entre otros.
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Resulta importante destacar que la participación de las/os estudiantes en lugares
distintos al establecimiento educativo, cuentan con la cobertura de seguros
correspondientes.
9. PROTOCOLO ANTE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE COVID-19
EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO Y ACCIONES EN EL ESTABLECIMIENTO
Ante la aparición de un caso sospechoso de COVID-19 en el establecimiento
educativo, se deberá proceder según lo establecido en el protocolo de manejo de
casos sospechosos y confirmados del Ministerio de Salud
https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/id_0_-_protocolo_de_manejo_fre
nte_a_casos_sospechosos_y_confirmados_de_covid-19_.pdf
En todas las situaciones de casos sospechosos de las/os estudiantes, deberán
presentar indefectiblemente una DDJJ suscripta por el referente familiar o
adulta/o responsable en la cual manifiesten que el estudiante posee síntomas
compatibles con COVID-19 y una constancia médica que indique la atención y el
aislamiento del mismo. La misma deberá ser presentada dentro de las primeras
24 horas.
En todas las situaciones de casos sospechosos del personal docente y no docente,
deberán proceder a la carga de solicitud de licencia correspondiente adjuntando
la constancia médica que indique la atención y el aislamiento de la persona. La
misma deberá ser presentada dentro de las primeras 24 horas.
En los casos en que dicha situación se presente en el establecimiento educativo y
en ésta etapa, el equipo directivo deberá llevar a cabo las siguientes acciones:
- Dirigirla/o al sector de aislamiento destinado a tal efecto.
- Aislar a la burbuja.
- Contactar inmediatamente al sistema de cobertura de salud de la persona
y, en caso de que cuente con cobertura pública exclusiva, dirigirse a la UFU
más cercana.
- En el caso de estudiantes, asimismo se deberá contactar al referente
familiar o adulta/o responsable para que éste lleve al estudiante a la UFU
más cercana o cumpla con las instrucciones de la cobertura de salud de la
persona.
- En caso de personal docente o no docente confirmado, informar a la ART.
- Una vez confirmado el caso, el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires identificará a las personas que cumplan criterios de
contacto estrecho.
Para llevar adelante el aislamiento al que se refiere en este punto, se tendrá que
utilizar un espacio físico previamente identificado, preferentemente con puerta,
ventana y baño propio.
En dicho espacio físico de aislamiento solo deberá permanecer quien posea
síntomas compatibles con sospecha de COVID-19, salvo aquellos estudiantes que
por su grado de autonomía o condición requieran el acompañamiento de un
adulto, o cuando la situación así lo amerite.
En caso de confirmarse el caso, se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Si el caso confirmado es un docente, se deberá aislar, durante 10 días
corridos (el caso se confirma por test, para determinar la fecha de
aislamiento se toma la fecha de inicio de los síntomas o, si es una persona
que es asintomática, pero se identificó por test, se toma la fecha de testeo).
Las burbujas a las que dicho docente ha impartido clases hasta 48 hs.
antes de confirmarse dicho caso deberán aislarse durante 10 días desde el
último contacto con el caso confirmado. Asimismo, las/os docentes, no
docentes y estudiantes de nivel primario y secundario con indicación de
aislamiento deberán, al séptimo día del último contacto con el caso
confirmado, realizarse el test para confirmar o descartar la infección por
COVID-19, sin perjuicio de la investigación epidemiológica a efectuar por
parte del equipo responsable del Ministerio de Salud. En este último caso,
el resultado del test antes mencionado deberá ser presentado para
reincorporarse al establecimiento.
- Si el caso confirmado es un estudiante, se deberá aislar durante 10 días
corridos (el caso se confirma por test, para determinar la fecha de
aislamiento se toma la fecha de inicio de los síntomas o, si es una persona
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que es asintomática, pero se identificó por test, se toma la fecha de testeo).
La burbuja a la cual pertenece dicho estudiantes y las/los docente/s que le
haya/n impartido clases hasta 48 hs. antes de confirmarse dicho caso,
deberán aislarse durante 10 días desde el último contacto con el caso
confirmado. Asimismo, las/os docentes, no docentes y estudiantes de nivel
primario y secundario con indicaciones de aislamiento deberán, al séptimo
día del último contacto con el caso confirmado, realizarse el test para
confirmar o descartar la infección por COVID-19, sin perjuicio de la
investigación epidemiológica a efectuar por parte del equipo responsable
del Ministerio de Salud. En este último caso, el resultado del test antes
mencionado deberá ser presentado para reincorporarse al establecimiento.
- Las/os estudiantes y las/os docentes y no docentes que tengan sospecha de
infección por COVID-19 deberán testear dentro de las 24 hs. o conforme
indicaciones de la autoridad sanitaria local. En caso de confirmarse la
infección por COVID-19, se tomarán las medidas indicadas en los ítems
anteriores. En caso de descartarse, aquellos integrantes de la comunidad
educativa con indicación de aislamiento por contacto con el caso
sospechoso deberán volver a la presencialidad.
● Es importante destacar que el contacto del contacto estrecho no tiene
indicaciones de aislamiento.
● Los casos sospechosos, confirmados y contactos estrechos serán manejados de
acuerdo a protocolos sanitarios vigentes:
https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos-coronavirus
-covid-19
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
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Hoja Adicional de Firmas
Informe gráfico firma conjunta
Número:
Buenos Aires,
Referencia: PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE CLASES PRESENCIALES.
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 29 pagina/s.
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